Rige nueva reglamentación para Ley contra robo de ganado



En  la   Gaceta N° 186 del 27 de setiembre de 2013, se  publicó  el Decreto  Ejecutivo  Nº 37918-MAG-S-SP-MOPT  Reglamento a la Ley de Control de Ganado Bovino, Prevención y Sanción de su Robo, Hurto y Receptación.
Esta  nueva reglamentación empezó a regir  a partir del 27 de octubre  y es producto de un esfuerzo conjunto del Servicio Nacional de Salud Animal, entidad del Ministerio de Agricultura y Ganadería, la Fuerza Pública y CORFOGA entre otros,   para  establecer reglas claras  en la movilización y transporte de ganado en pie, sus productos y subproductos, de acuerdo con las disposiciones que establece la Ley Nº 8799  y  con ello  coadyuvar en la defensa del patrimonio del  Sector Ganadero Nacional.
Este reglamento   define  los procedimientos,  mecanismos y  responsabilidades para controlar, regular, prevenir y sancionar el destace, la matanza, el apoderamiento, la movilización, el transporte, la comercialización, el contrabando y la negociación de ganado bovino, así como de sus productos y subproductos.
En esta reglamentación se incluye también normalización sobre la  identificación  de los  bovinos, el uso  de  guías para la  movilización de  ganado bovino dentro del territorio nacional, así como la obligación de los transportistas de pasar por el puesto de control permanente o Delegación de Policía más cercana al establecimiento de embarque de los animales, ya que las guías que no hayan sido controladas en al menos un puesto de control policial se consideran incompletas y no podrán ser recibidas en las subastas y mataderos.   Además, los puestos de vigilancia deberán llevar un registro con los datos aportados en la guía, que servirá para el control de los embarques.
En virtud de este nuevo reglamento, SENASA ha realizado capacitaciones a sus funcionarios y a los funcionarios   de Fuerza Pública para que la labor se realice de  forma ágil, en apoyo al sector productivo nacional.
Las acciones serán coordinadas con agentes de la Fuerza Pública, el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial             (OIJ) y el SENASA, para realizar operativos específicos  que protejan el patrimonio de los productores ganaderos, quienes  han dado un  aporte decidido y responsable en  la implementación  de  esta  normativa.

Comentarios

  1. hay que sancionar a los cuatreros a la penas maxima uno criando y los ladrones robando y cuando por suerte se agarra uno aparece un abogadito 30 chele y lo suerta se debe apresar también

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