SENASA refuerza vigilancia en Paso Canos para evitar ingreso ilegal de animales vivos al país

El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), del Ministerio de Agricultura y Ganadería, refuerza vigilancia en Paso Canoas para evitar ingreso ilegal de animales vivos al país. Esta medida se toma, ante decomiso de un cargamento de 18.000 pollitas que serían introducidas ilegalmente a Costa Rica procedentes desde Panamá, el pasado 16 de marzo. 

También se está coordinando con el Ministerio de Desarrollo de Panamá (MIDA), las medidas que se tomarán para evitar el ingreso de animales y productos avícolas sin requisitos sanitarios. 

Para que ingresen al país huevos fértiles y pollitas de Panamá estas deben de cumplir una serie de requisitos como el certificado veterinario internacional, que debe de ser emitido por los servicios veterinarios oficiales o por la autoridad sanitaria competente del país de origen; este certificado debe estar enumerado consecutivamente, cada hoja firmada y sellada con el sello oficial. 

Además, debe indicarse la existencia de documentos anexos y su número, firmados y sellados con el membrete de la autoridad competente. 

Asimismo, debe incluirse información de las aves, huevos, raza, fecha de nacimiento, cantidad y número de lote, dirección de la granja de origen, nombre y número del establecimiento productor, nombre y dirección del exportador, consignatario, destinatario final, medio de transporte, nombre y firma del médico veterinario oficial, sello de la autoridad competente y fecha de emisión. 

“El país de origen debe estar autorizado para exportar a Costa Rica y ser libre de Newcastle e influenza aviar, las aves no deben presentan signos de salmonelosis el día del embarque, entre otros requisitos que se solicitan, que son importantes para su ingreso”. Manifestó Bernardo Jaén, Director General del SENASA. 

Por otro lado, el vehículo donde se transportan las aves, debe contar con el Certificado Veterinario de Operación (CVO) emitido por el SENASA. 

SENASA mantiene controles a nivel de fronteras terrestres, puertos y aeropuertos con el fin de verificar que toda importación este debidamente autorizada y cumpla con los requisitos sanitarios establecidos en la Ley General del Servicio de Salud Animal No. 8495, a fin de proteger la salud animal y pública veterinaria.

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