Según el Artículo 6 del Reglamento de Insumos Agropecuarios
Decreto Ejecutivo N°41824- H-MAG, los contribuyentes del impuesto sobre el
valor agregado, que comercialicen o distribuyan los bienes contemplados en el
mencionado reglamento, podrán adquirir dichos bienes a la tarifa reducida del 1
% del IVA, para lo cual deberán encontrarse inscritos ante la Administración
Tributaria, bajo la actividad económica denominada "Venta al por menor y
mayor de productos e insumos agropecuarios". De esta manera, no requieren
tramitar por medio del sistema EXONET autorizaciones previas.
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