El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), del Ministerio de Agricultura y Ganadería, recuerda a todos los pasajeros nacionales y extranjeros que ingresan al país que continúa vigente la prohibición del ingreso de productos y subproductos de origen porcino, procedentes de cualquier país del mundo.
Esta
medida está establecida en la Resolución SENASA-DCA-R0029-2021, emitida por la
Dirección de Cuarentena Animal desde el 5 de agosto de 2021, como acción
preventiva ante la amenaza de la Peste Porcina Africana (PPA), enfermedad
altamente contagiosa que afecta a las poblaciones de cerdos y que ha sido
detectada en diversas regiones del mundo, incluyendo Republica Dominicana y Haití;
además de países europeos, siendo el caso más reciente en España.
Está
prohibido el ingreso de todo producto o subproducto de cerdo, en cualquier
presentación, que forme parte tanto de los equipajes de mano o los que hayan
sido registrados por los pasajeros. Esto incluye carne de cerdo cruda, curada,
cocida o procesada; embutidos como salchichas, jamones, tocinos, mortadela,
salami, chorizo, entre otros; enlatados, productos empacados o deshidratados,
así como grasa, manteca, chicharrones y cualquier otro derivado porcino.
La Peste Porcina Africana representa un alto riesgo sanitario y económico para Costa Rica. Su ingreso podría ocasionar graves afectaciones a la porcicultura nacional, comprometer la seguridad alimentaria y generar la pérdida del acceso a mercados internacionales para los productos porcinos costarricenses.
La
prohibición aplica para todos los pasajeros que ingresen al país por
aeropuertos internacionales, puestos fronterizos terrestres, puertos marítimos
y fluviales. El incumplimiento de esta
medida conlleva el decomiso inmediato de los productos y la aplicación de las
sanciones correspondientes.
SENASA
hace un llamado a todos los viajeros a cumplir estrictamente esta disposición,
que busca proteger el estatus sanitario nacional y salvaguardar la producción
porcina del país.
Para
más información, puede visitar el sitio oficial de SENASA o consultar al personal
de las oficinas centrales y en los Puestos de Ingreso Fronterizo (PIF).
Además,
puede acceder a la Resolución SENASA-DCA-R0029-2021 en el siguiente enlace: https://surl.li/swpsoc

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