DECRETAN EMERGENCIA FITOSANITARIA PARA AUXILIAR A PRODUCTORES DE CAFÉ

- Decreto agilizará trámites para lucha contra la enfermedad
- Estado de emergencia será por 2 años o prorrogables hasta que sea controlada la
enfermedad
- Se podría perder hasta un 50% de la próxima cosecha en las zonas más afectadas

El Presidente de la República en ejercicio, Luis Liberman y la Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham, con la prontitud que requiere la apremiante situación de los productores de café, firmaron este martes 22 de enero del 2013 el Decreto de Emergencia Fitosanitaria Nacional por Epifitia y Daño Severo Causado por la Roya, que posibilita la agilización de acciones para hacer frente al atípico ataque de esta plaga del cafeto.

La Roya es una enfermedad causada por el hongo Hemileia vastatrix, que infecta las hojas del cafeto. La infección ocasiona la caída prematura de las hojas y, si hay ataques por insectos, mala fertilización y condiciones de crecimiento deficientes, los cafetos estarán en un continuo estrés y desbalance lo que afectará negativamente la producción. Cuando el nivel de ataque aumenta, causa una maduración anormal, pérdida de calidad y caída del fruto. Además, debilita la planta lo cual podría obligar a podarla para renovar el tejido productivo.

Con la promulgación de este Decreto se faculta a las instituciones públicas o privadas, entidades autónomas o semiautónomas, empresas del Estado, municipalidades, cualquier ente u órgano público a donar, transferir y aportar recursos económicos dentro de su marco legal; así como a prestar todo tipo de ayuda y colaboración al Servicio Fitosanitario del Estado para atender esta emergencia fitosanitaria. Para la aplicación de recursos que se destinen hacia la atención y manejo de la presente emergencia se realizará conforme con el procedimiento denominado “Atención de Emergencias Fitosanitarias de Plagas” (OR-RN-PO-06) aprobado por el Servicio Fitosanitario del Estado.

El Servicio Fitosanitario del Estado, el Instituto del Café de Costa Rica y el Servicio de Extensión Agropecuaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería suscribirán un convenio de cooperación en el que se describirán las actividades para atender esta emergencia fitosanitaria a nivel nacional. El Servicio Fitosanitario del Estado se encargará de disponer y ejecutar en coordinación con el Instituto del Café de Costa Rica y el Servicio de Extensión Agropecuaria las medidas técnicas y económicas que sean necesarias para el control de esta epifitia.

El Estado de Emergencia Fitosanitaria se dará por hasta dos años, de ser necesario será prorrogable hasta tanto la epifitia provocada por la Roya del cafeto sea controlada. Para la ejecución de las labores de control fitosanitario de la enfermedad el Servicio Fitosanitario del Estado podrá disponer de los recursos del Fondo de Emergencias Fitosanitarias conforme lo establece el artículo 66 de la Ley de Protección Fitosanitaria.

Los funcionarios de las Agencias de Servicios Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería de las zonas involucrados atenderán con carácter prioritario las acciones que requiera la atención de la problemática en mención. Los propietarios u ocupantes de fincas afectadas por esta epitifia están en la obligación de atender y colaborar con los funcionarios del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), del Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE) y del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), para el respectivo control.

Factores climáticos, en particular la disminución de lluvias y la reducción en el diferencial térmico, registradas en el 2012, entre otros, han favorecido el desarrollo de la Roya, alcanzando incidencias de alto daño económico. Evaluaciones y diagnósticos del ICAFE y del Servicio Fitosanitario del Estado estiman una reducción de hasta un 50% en la cosecha 2013-2014 de las zonas más afectadas; a pesar de las medidas de control emitidas por los entes oficiales y practicadas por los caficultores.

La actividad cafetalera es de interés público conforme al artículo 2° de la Ley de Relaciones entre Productores, Beneficiadores y Exportadores de Café, No. 2762 y sus reformas.

Más información y consultas Marcela Porras 2243- 7863 de ICAFE o a mporras@icafe.cr



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