El Servicio Nacional de
Salud Animal, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, en coordinación con la
Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad de Pérez Zeledón,
clausuró tres galleras en las comunidades de San Antonio de Rivas, La Fortuna
de San Pedro y San Ignacio de Cajón.
Se decomisaron los gallos y se giraron las órdenes
sanitarias correspondientes para la destrucción de los establecimientos. También se previno expresamente al
propietario sobre el incumplimiento de la Ley SENASA No. 8495, que sanciona con
siete a cincuenta salarios base de un profesional licenciado universitario. Además
de que su violación, o el no acatamiento de la medida sanitaria impuesta,
podrían constituirse en el delito de desobediencia a la autoridad, establecido
en el artículo 307 del Código Penal.
Asimismo, en
San Antonio de Rivas se clausuró un redondel provisional para realizar
corridas de toros, que no cumplía con las normas de seguridad para proteger la
integridad de los participantes y espectadores.
El
Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito
Judicial de San José, en julio del año 2012, rechazó la medida cautelar
solicitada por la Asociación Nacional de Criadores de Gallos, sobre las medidas
sanitarias que ejecuta el SENASA, acorde con la resolución de la Sala Constitucional
mediante el voto No. 015137-2009, del 25 de setiembre del 2009.
SENASA hace un llamado a la población en general para
que denuncien los lugares donde se llevan a cabo peleas de gallos.
Flor Agüero Salazar
Unidad de Comunicación y Notificación
Servicio Nacional de Salud Animal - MAG
Tel: 25871638 Fax: 2262-8301/Cel.8860-8016.
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