El Servicio Nacional de Salud Animal
(SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería, tiene el deber como
autoridad sanitaria de reducir la probabilidad que una enfermedad exótica de
los animales ingrese al territorio nacional y en caso de ocurrir, detectarla en
el menor tiempo posible para aplicar las medidas sanitarias necesarias para
proteger la salud animal
y salud pública
veterinaria, por esta razón se autorizó el cobró de la tarifa de $2 por
la aplicación de medidas cuarentenarias
a las personas que ingresan y
salen del país, como la inspección manual,
incineración de mercancías, entre otros.
“Con este aporte aproximado de los $4.5
millones, SENASA reforzará sus
capacidades para mejorar su gestión y
ser más eficiente con la vigilancia en
los puestos fronterizos, con el fin reducir el riesgo de ingreso de las
enfermedades, por medio de controles sanitarios en las importaciones de
mercancías de riesgo, animales o sus productos, tomas de muestras, desinfección
y desinsectación, desnaturalización de mercancías que representan algún riesgo
para el país. Además del seguimiento de sospechas de enfermedades exóticas
y zoonoticas en campo, acciones que tienen que ser
complementadas con un eficiente sistema de diagnóstico en laboratorios”, indicó
Alexis Sandi, Director a.i. del SENASA.
Para atender correctamente estas acciones
es necesario la infraestructura de los puestos cuarentenarios, estos deben
acondicionarse con equipos como scanner; dar mantenimiento a los laboratorios
tanto en su infraestructura como bioseguridad, modernizar equipos, adquirir
reactivos y efectuar análisis en las muestras de animales, sus productos y
subproductos.
Sandí agregó que los cambios climáticos
han ocasionado importantes variaciones en la dinámica que presentan las
enfermedades; en el año 2015, SENASA detectó en el país dos enfermedades que
nunca se habían presentado antes, como el pequeño escarabajo de las colmenas y
la enfermedad de Newcastle.
Según la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE),
alrededor del 60% de los patógenos susceptibles afectan al hombre y más del 75%
de los que han surgido durante las dos pasadas décadas tienen su origen en el
reino animal y el 20 % de las pérdidas
de producción animal en el mundo están causadas por enfermedades.
El Decreto Ejecutivo No. 39600-MAG que estableció esta tarifa fue publicado
en La Gaceta, el pasado 25 de mayo,
en su alcance No. 83. En este momento se está en proceso de
finiquito con el Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito) el cobro
efectivo de la tarifa indicada.
El cobro de $2 establecido en el Decreto
Ejecutivo No. 39600-MAG, no es un impuesto corresponde a la tarifa por un servicio que brinda el SENASA, a las
personas viajeras que ingresan y salen del país, para lo cual está facultado en
el artículo 34 de la Ley SENASA N° 8495. Ese cobro corresponde a la ejecución de medidas cuarentenarias que
se aplicarán a personas viajeras, así como de sus valijas, salveques,
maletines, entre otros. Tales medidas sanitarias que brindará el SENASA son
entre otras la inspección manual y/o escaneo por rayos x, así como el control
de productos para reducir el riesgo de ingreso de enfermedades exóticas, zoonóticas
o en un último caso la disposición de mercancías prohibidas, a través de
mecanismos como la destrucción o incineración.
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