Decretan Salvaguardia Especial Agrícola para importaciones de arroz integral

·         Medida aumenta  arancel a  46.67%. Rige desde miércoles el 6 de setiembre y hasta el 31 de diciembre de 2017.
·         Quedan eximidas de la medida las importaciones desde Estados Unidos de América, Chile, México y Centroamérica.

Este miércoles 06 de setiembre fue publicado en La Gaceta el Decreto N°40610-MAG-MEIC-COMEX, que establece la primera Salvaguardia Especial Agrícola (SEA) por volumen, sobre las importaciones de arroz integral en los términos del artículo 5 del Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial de Comercio, OMC.

Una SEA consiste en un incremento temporal al arancel aplicado a un producto agropecuario, para contrarrestar el aumento de las importaciones o la caída de los precios de ese bien agrícola sensible.

El Viceministro  de Agricultura y Ganadería, Felipe Arguedas Gamboa, explicó que el equipo investigador designado logró evidenciar de manera contundente que existe mérito para la activación de esta medida, debido a que el país en los últimos años ha tenido un crecimiento exponencial de las importaciones del arroz integral que justifica claramente la SEA

Tras el aumento en los últimos años de las importaciones de arroz integral al país, el MAG inició en marzo de este año la recopilación de información para conocer las razones que estaban causando este cambio en el comportamiento comercial del producto, obteniendo de esta manera  una serie de indicios preliminares que fueron fundamentales para  considerar esta medida.

Ante ello, el MAG, como autoridad competente, solicitó mediante la resolución PA-MAG-024-2017 el inicio del procedimiento administrativo de oficio, instaurando el Órgano Director del caso, el cual recabó las pruebas que comprobaron la existencia de las causales para la interposición de una SEA por volumen sobre el producto denominado arroz descascarillado (integral) de los incisos 1006.20.00.00.91 y 1006.20.00.99 del Arancel de Importación, de conformidad con el Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC, y la reglamentación nacional.

El arroz integral quedó sujeto a la aplicación de la SEA por el crecimiento desproporcionado en su volumen de importación, que excedió el nivel de activación de 3.805.206,05 Kg (contabilizado a partir del 01 de enero de 2017),  cifra establecida en función de las oportunidades existentes de acceso al mercado,  lo que conlleva al establecimiento de un derecho adicional del 11,67% a los Derechos Arancelarios a la Importación de este producto, pasando del arancel vigente de 35% a un nivel de pago arancelario total de importación del 46.67%, con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2017.

Para 2016, las importaciones de arroz integral fueron cercanas a los 10 millones de kilos. En el periodo comprendido entre enero y  mayo de 2017, se registraban importaciones por 3.859.600 kg., cifra que supera el nivel de activación.

Alexander Navarro, quien formó parte del Órgano Director del MAG, detalló que es la primera vez que se aplica en el país una SEA por volumen y que se trata de una medida establecida de manera transparente y temporal. 


Es importante indicar que esta medida no aplicará a las importaciones originarias de los Estados Unidos (Ley de Aprobación N° 8622). Tampoco, para Centroamérica (excepto Panamá), Chile y México, dado que el arancel aplicado en el marco de los respectivos tratados comerciales ya se encuentra en 0%. 

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