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El
SFE aclara que Bromacil y su sal de Litio al día de hoy son
productos prohibidos en Costa Rica.
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El Decreto N° 40423 MAG-MINAE- S contempla la
suspensión de la importación del producto, y el envío cuestionado en algunos
medios, ya venía en su ruta hacia Costa
Rica cuando esta normativa se emitió.
El Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) del
Ministerio de Agricultura y Ganadería aclara que el Bromacil y sus sales de
Litio son productos prohibidos para su uso en el país, según el Decreto Ejecutivo N° 40423
MAG-MINAE- S a partir de diciembre
del 2017.
Se ha cuestionado el ingreso de un cargamento que
provenía de China, el que fue embarcado desde su origen en una fecha anterior a
la entrada en vigencia del Decreto mencionado. El embarque se hizo el 7 de mayo
y la prohibición de importación inició en junio del 2017.
“Una importación inicia en el proceso de embarque
en su lugar de origen, y este cargamento al que se refiere Fabián Pacheco ya
venía de camino cuando se publicó el Decreto en cuestión, quedando amparado al
artículo 3 del mismo”, explicó Marco Vinicio Jiménez Salas, Director del SFE.
A partir de diciembre 2017, es decir, seis meses
después de la publicación del Decreto, como en el mismo se estipula, se prohíbe
la “exportación, fabricación,
formulación, almacenamiento, distribución, transporte, reempaque, reenvase,
manipulación, venta, mezcla y uso de ingredientes activos grado técnico y
plaguicidas sintéticos formulados” y esto se hizo efectivo con los
primeros comisos por parte del personal del SFE.
“Si alguien tiene información sobre la utilización
de este producto después de esa fecha sería completamente ilegal, por lo que agradecemos
a la población el que nos lo notifiquen para actuar de inmediato.”, solicitó
Jiménez Salas.
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