Proyecto para modificar límites de Lomas Barbudal sí cuenta con presupuesto para adquirir las áreas de compensación


·        Sala Constitucional comprobó que el agua para consumo humano soluciona el déficit en la Región con un horizonte a 50 años.


Con motivo de recientes informaciones que circulan en medios de comunicación sobre Paacume y el proyecto para la Modificación de Límites de Lomas Barbudal, los despachos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y Ambiente y Energía, aclaran los siguientes puntos:
Sobre el presupuesto para adquirir las fincas:
·         Sí se cuenta con el presupuesto para adquirir las propiedades propuestas en la compensación.
·         Paacume no requiere ni la casa club ni la propiedad (que algunos han querido incorporar como necesaria), valorada en $8 millones, porque no aporta compensación ecológica, ni cumple con uno de los parámetros fundamentales que exige el estudio de la OET, como requisito para la compensar: que sea colindante con la Reserva para permitir la conectividad.
·         La finca no colinda con la Reserva Biológica Lomas Barbudal. Por tanto, el monto para la compensación sigue siendo el planteado en el Proyecto de Ley.
Sobre el agua para consumo humano:
·         Por competencias, al sector agroalimentario corresponde investigar, proteger y fomentar el uso de los recursos hídricos tanto superficiales como subterráneos. Son las potestades que la ley le otorga al Senara.
·         Por Ley, el abastecimiento de agua potable es competencia del AyA. Paacume deja cuatro previstas para que el AyA pueda disponer del líquido. La Sala Constitucional comprobó que el proyecto destina 2m3/s para consumo humano, cuyo tratamiento y distribución corresponde al AyA, lo que implica solucionar el déficit con un horizonte de 50 años, de aproximadamente 500mil personas. No es para proyectos de acción inmediata. Se adjunta resolución Res. N°2018000538, del 19 de enero de 2018).
·         Sin factibilidad socioambiental, no hay Paacume. Por tanto, una institución no podría avanzar con un proyecto de purificación o distribución de agua, a partir de otro proyecto que está en trámites de viabilidad.
Sobre los beneficiarios del proyecto:
·         Sí hay certeza de quienes son. El plano catastrado con la lista de beneficiarios está en manos de la Asamblea Legislativa. Es información pública. Se adjunta.
·         Paacume no impulsa monocultivos. Considera un plan de desarrollo que permitiría diversificar la producción agrícola en la zona, enseñando a productores qué tipo de producto pueden cultivar con riego y comercializar en su región.
·         Es falso que Paacume considera beneficiar grandes desarrolladores inmobiliarios. Según comprobó la Sala, el agua se destinaría para riego agropecuario, consumo humano, riego en zonas turísticas y generación de energía hidroeléctrica.
Sobre los estudios técnicos de las fincas propuestas para la compensación:
·         Es falso que no existen los estudios técnicos requeridos por ley para realizar la compensación propuesta para la Reserva Biológica Lomas Barbudal (RBLB). Sí están y han seguido la ruta técnica y legal correspondiente:
o   Los Estudios de la Línea Base de Biodiversidad fueron realizados por la Organización de Estudio Tropicales (OET), en coordinación con el Área de Conservación Arenal-Tempisque (Sinac). Estos estudios incluyeron las 113 Has. requeridas para inundar, pertenecientes a la RBLB, así como un área aledaña como potencial área de compensación. 
o   La OET determinó que, desde el punto de vista ecosistémico, las 113 hectáreas en Lomas Barbudal están tres veces más conservadas que las áreas propuestas para compensar. Razón por la cual, estimó un área equivalente de compensación con una proporción de tres veces mayor a las 113 hectáreas, es decir, 332 Has.
o   Los estudios de la OET en las 332 hectáreas en la finca Asetrek Tres Azul SA, determinan que el área cuenta con los requerimientos solicitados para compensar, excepto por la totalidad del bosque maduro, situación que requirió incluir áreas adicionales completar el mismo. Para cumplir con otros requerimientos de las áreas de compensación, como integralidad, facilidad de acceso, etc, se definió la compra de 444 has en la finca Asetrek Tres Azul SA., con lo cual, se supera ampliamente lo establecido por la OET.
o   La finca Brindis de Amor y las 25 has de la Hacienda Ciruelas solo se consideran para completar el tipo de bosque maduro.
o   En el Estudio de Línea Base de Biodiversidad, la OET incluye el análisis de disponibilidad de bosque maduro en la finca Brindis de Amor, establecido en la página 209 y siguientes, titulado “4.2.1. Brindis de Amor como complemento de la compensación”.
o   Las gestoras ambientales de Senara documentan el análisis de bosque ripario en Hacienda Ciruelas, mediante el oficio INDEP-Paacume-0070-2017, el 12 de octubre de 2017, con base en el cual, se determina el área requerida de dicha Hacienda para completar el bosque ripario en la propuesta de compensación.
o   Actualmente SETENA junto con el SINAC analizan cuidadosamente el Estudio de Impacto Ambiental del todo el proyecto PAACUME, para emitir el criterio respectivo. En este sentido,  es importante recalcar que la compensación de áreas de la RBLB no requiere de un estudio de impacto ambiental  específico. 

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