Proyecto para modificar límites de Lomas Barbudal sí cuenta con presupuesto para adquirir las áreas de compensación
·
Sala Constitucional
comprobó que el agua para consumo humano soluciona el déficit en la Región con
un horizonte a 50 años.
Con motivo de recientes informaciones que circulan en
medios de comunicación sobre Paacume y el proyecto para la Modificación de
Límites de Lomas Barbudal, los despachos del Ministerio de Agricultura y
Ganadería, y Ambiente y Energía, aclaran los siguientes puntos:
Sobre el
presupuesto para adquirir las fincas:
·
Sí se cuenta con el presupuesto para adquirir las propiedades
propuestas en la compensación.
·
Paacume no requiere ni la casa club
ni la propiedad (que algunos han querido incorporar como necesaria), valorada
en $8 millones, porque no aporta compensación ecológica, ni cumple con uno de
los parámetros fundamentales que exige el estudio de la OET, como requisito
para la compensar: que sea colindante
con la Reserva para permitir la conectividad.
·
La finca no colinda con la Reserva
Biológica Lomas Barbudal. Por tanto, el monto para la compensación sigue siendo
el planteado en el Proyecto de Ley.
Sobre el agua
para consumo humano:
·
Por competencias, al sector
agroalimentario corresponde investigar, proteger y fomentar el uso de los
recursos hídricos tanto superficiales como subterráneos. Son las potestades que
la ley le otorga al Senara.
·
Por Ley, el abastecimiento de agua
potable es competencia del AyA. Paacume deja cuatro previstas para que el AyA
pueda disponer del líquido. La Sala
Constitucional comprobó que el proyecto destina 2m3/s para consumo humano,
cuyo tratamiento y distribución corresponde al AyA, lo que implica solucionar
el déficit con un horizonte de 50 años,
de aproximadamente 500mil personas. No es para proyectos de acción inmediata.
Se adjunta resolución Res. N°2018000538, del 19 de enero de 2018).
·
Sin factibilidad socioambiental, no
hay Paacume. Por tanto, una institución no podría avanzar con un proyecto de
purificación o distribución de agua, a partir de otro proyecto que está en
trámites de viabilidad.
Sobre los
beneficiarios del proyecto:
·
Sí hay certeza de quienes son. El plano catastrado con la lista de beneficiarios está en
manos de la Asamblea Legislativa. Es información pública. Se adjunta.
·
Paacume no impulsa monocultivos. Considera un plan de desarrollo que permitiría
diversificar la producción agrícola en la zona, enseñando a productores qué
tipo de producto pueden cultivar con riego y comercializar en su región.
·
Es falso que Paacume considera beneficiar grandes
desarrolladores inmobiliarios. Según
comprobó la Sala, el agua se destinaría para riego agropecuario, consumo
humano, riego en zonas turísticas y generación de energía hidroeléctrica.
Sobre los
estudios técnicos de las fincas propuestas para la compensación:
·
Es falso que no existen los estudios técnicos requeridos por ley para realizar la compensación propuesta para la Reserva Biológica
Lomas Barbudal (RBLB). Sí están y han seguido la ruta técnica y legal
correspondiente:
o
Los Estudios de la
Línea Base de Biodiversidad fueron realizados por la Organización de Estudio
Tropicales (OET), en coordinación con el Área de Conservación Arenal-Tempisque
(Sinac). Estos estudios incluyeron las 113 Has. requeridas para inundar,
pertenecientes a la RBLB, así como un área aledaña como potencial área de
compensación.
o
La OET determinó
que, desde el punto de vista ecosistémico, las 113 hectáreas en Lomas Barbudal
están tres veces más conservadas que las áreas propuestas para compensar. Razón
por la cual, estimó un área equivalente de compensación con una proporción de
tres veces mayor a las 113 hectáreas, es decir, 332 Has.
o
Los estudios de la
OET en las 332 hectáreas en la finca Asetrek Tres Azul SA, determinan que el
área cuenta con los requerimientos solicitados para compensar, excepto por la
totalidad del bosque maduro, situación que requirió incluir áreas adicionales
completar el mismo. Para cumplir con otros requerimientos de las áreas de
compensación, como integralidad, facilidad de acceso, etc, se definió la compra
de 444 has en la finca Asetrek Tres Azul SA., con lo cual, se supera
ampliamente lo establecido por la OET.
o
La finca Brindis de
Amor y las 25 has de la Hacienda Ciruelas solo se consideran para completar el
tipo de bosque maduro.
o
En el Estudio de
Línea Base de Biodiversidad, la OET incluye el análisis de disponibilidad de
bosque maduro en la finca Brindis de Amor, establecido en la página 209 y
siguientes, titulado “4.2.1. Brindis de
Amor como complemento de la compensación”.
o
Las gestoras
ambientales de Senara documentan el análisis de bosque ripario en Hacienda
Ciruelas, mediante el oficio INDEP-Paacume-0070-2017, el 12 de octubre de 2017,
con base en el cual, se determina el área requerida de dicha Hacienda para
completar el bosque ripario en la propuesta de compensación.
o
Actualmente SETENA
junto con el SINAC analizan cuidadosamente el Estudio de Impacto Ambiental del
todo el proyecto PAACUME, para emitir el criterio respectivo. En este
sentido, es importante recalcar que la
compensación de áreas de la RBLB no requiere de un estudio de impacto
ambiental específico.
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