· Medida
aplica para 798 establecimientos avícolas, 390 acuícolas, 1376 apiarios y 14445
granjas porcinas.
Como parte de las acciones
preventivas y de mitigación, dictadas para la atención de la emergencia
nacional por el COVID-19, el Servicio Nacional de Salud Animal, del Ministerio
de Agricultura y Ganadería, dictó recomendaciones de bioseguridad y buenas
prácticas de manejo que deben de cumplir los establecimientos avícolas y las
granjas porcinas.
Estas medidas aplican para 798
establecimientos avícolas, 390 acuícolas, 1376 apiarios y 14445 granjas
porcinas.
Los establecimientos avícolas
están regulados por la Ley General de Salud Animal 8495, el Reglamento de
Granjas avícolas Nº 31088-S y el Código Sanitario de
los Animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal.
Asimismo, a las granjas
porcinas las regula la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal 8495 y
Reglamento sobre granjas porcinas, Nº 37155.
Las siguientes son las medidas
recomendadas por el SENASA para estos establecimientos:
No se debe permitir el ingreso
de personas que tengan una orden sanitaria de cuarentena emitida por el
Ministerio de Salud y se debe notificar el incumplimiento de la cuarentena a
las autoridades sanitarias.
Toda persona que haya viajado
al extranjero debe cumplir 14 días de cuarentena antes de ingresar a sus
labores o tener contacto con personal de la granja.
Además, no se debe permitir el
ingreso a las granjas de personas que estén visiblemente enfermas.
En caso de que algún
trabajador sea sospechoso de COVID-19, o de haber estado expuesto a un caso
sospechoso o positivo, debe reportarlo a las autoridades (911 o 1322) y
realizar una cuarentena, mientras se define su situación. Por ningún motivo
debe ingresar a la granja hasta que se descarte su caso (se debe desinfectar
todo lo que haya tenido contacto con este trabajador).
Se debe mantener el distanciamiento
social dentro y fuera del establecimiento (evitando el contacto físico y
reuniones entre los trabajadores), con una separación de 2 metros entre
personas y se deben seguir las recomendaciones establecidos por el Ministerio
de Salud.
Se debe instaurar un programa
preventivo de limpieza y desinfección de las instalaciones, antes, durante y
después de cada jornada de trabajo, en comedor, baños, oficinas, bodegas y en
todas aquellas áreas donde haya mayor presencia de trabajadores.
Se deben acondicionar
estaciones para realizar el lavado de las manos y su desinfección en diferentes
puntos de la granja. Estas deben contar con jabón, agua, toallas, desinfectante
para las manos y basurero con tapa.
Se debe colocar material
informativo sobre el correcto lavado de manos y el protocolo para el estornudo.
Los cuales deben ejecutarse dentro y fuera de la granja.
Se deben establecer horarios
diferenciados para el ingreso y salida del personal por áreas, así como de los
tiempos de receso, de manera que se reduzca en un 50% la aglomeración del
personal en áreas comunes como espacios de lavado de manos y comedores.
Los trabajadores y sus familiares
deben movilizarse únicamente de la casa al trabajo, acatando las
recomendaciones establecidas por el Ministerio de Salud.
El detalle de estos
lineamientos se encuentra disponibles en el siguiente link:
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