· Se trata de una
serie de medidas avaladas recientemente por el MAG y que aplicarán para todos
locales veterinarios y de insumos agrícolas donde se fabrica, importa y
comercializa al por mayor y al detalle medicamentos, productos afines y de uso
agrícola.
· Elaboración del
protocolo contó con la colaboración de diferentes organizaciones como la Cámara
de Insumos Agropecuarios, Colegio Ingenieros Agrónomos y Colegio de
Veterinarios de Costa Rica y funcionarios del MAG.
· Lineamientos tienen
como objetivo que la producción de productos vegetales -tanto para el consumo
local como para la exportación- no se vean interrumpidos.
· En el
país hay 380 establecimientos que venden productos de uso agrícola, 20 formuladoras de agroquímicos y al menos 65
bodegas de almacenamiento, así como 138 droguerías y 18 laboratorios
fabricantes de medicamentos veterinarios y productos afines.
San José. El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) aprobó
recientemente el “Protocolo para la Implementación de Directrices y
Lineamientos Sanitarios para COVID-19 en Establecimientos Proveedores de
Insumos y Servicios Agropecuarios”, que aplicará para todo establecimiento
veterinario y de insumos agrícolas donde se fabrica, importa y comercializa al
por mayor y al detalle medicamentos veterinarios, productos afines y de uso
agrícola.
El ministro de Agricultura y Ganadería, Renato Alvarado, explicó que el
objetivo de este y el resto de los protocolos que se encuentran en construcción
para el sector agropecuario, tienen como objetivo dar continuidad segura a la
actividad productiva dentro del marco de lo que establece la directriz 082.
“La aplicación exitosa de este protocolo requiere de una amplia
preparación de propietarios de establecimientos, regentes agropecuarios,
productores y usuarios en general de este tipo de servicios, a los cuales desde
ya les ofrecemos acompañamiento para ese cumplimiento, en beneficio de toda la
población”, indicó el jerarca.
Las medidas establecidas deben ser acatadas –entre otros- por
laboratorios fabricantes de productos veterinarios, droguerías veterinarias,
farmacias veterinarias y almacenes agro-veterinarios. También todos aquellos
establecimientos donde se utilizan los medicamentos, como hospitales, clínicas,
consultorios, establecimientos mixtos (clínica y farmacia veterinaria), con el
fin de contener el avance de la pandemia de COVID-19.
El subdirector del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), Alexis
Sandí, destacó la participación de especialistas del sector y de entidades
gremiales en la construcción del Protocolo. “SENASA y el Servicio Fitosanitario
del Estado, como entes rectores, lideraron la elaboración de este protocolo,
con la colaboración de diferentes organizaciones como la Cámara de Insumos
Agropecuarios, Colegio Ingenieros Agrónomos y el Colegio de Veterinarios de
Costa Rica”, acotó.
En tanto, el director del Servicio Fitosanitario del Estado, Fernando
Araya Alpízar, se refirió a la necesidad de dar continuidad a la producción,
protegiendo tanto a los colaboradores de estos comercios así como a sus
clientes. “No queremos que se vea interrumpida la producción de productos
vegetales tanto para el consumo local como para la exportación”, puntualizó,
destacando que este sector es uno de los mayores generadores de divisas.
El protocolo contiene:
- Medidas administrativas
temporales para la atención de concentración masiva.
- Lineamientos generales para
reactivar actividades humanas.
- Lineamientos generales para
establecimientos, actividades y eventos de concentración masiva de
personas en el marco de la alerta sanitaria.
- Lineamientos generales para
limpieza y desinfección de espacios físicos.
- Lineamiento general para
propietarios y administradores de centros de trabajo.
- Lineamientos generales para
oficinas con atención al público (bancos, correos, instituciones del
Estado, Poder Judicial, empresas privadas de servicios).
- Higiene y desinfección.
- logística en el centro de
trabajo.
- Actuación ante casos
confirmados de las personas colaboradoras.
- Comunicación.
- Aprobación, seguimiento y
evaluación.
También, se
incluyen medidas sanitarias para transporte de diferentes productos a los
clientes.
En el país hay
380 establecimientos que venden productos de uso agrícola, 20 formuladoras de agroquímicos y al menos 65
bodegas de almacenamiento de producto.
En la Dirección
de Medicamentos Veterinarios del SENASA se tienen registrados 138 droguerías y
18 laboratorios fabricantes de medicamentos veterinarios y productos
afines.
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