MINISTERIO DE HACIENDA Y MAG ACLARAN

 

Según el Artículo 6 del Reglamento de Insumos Agropecuarios Decreto Ejecutivo N°41824- H-MAG, los contribuyentes del impuesto sobre el valor agregado, que comercialicen o distribuyan los bienes contemplados en el mencionado reglamento, podrán adquirir dichos bienes a la tarifa reducida del 1 % del IVA, para lo cual deberán encontrarse inscritos ante la Administración Tributaria, bajo la actividad económica denominada "Venta al por menor y mayor de productos e insumos agropecuarios". De esta manera, no requieren tramitar por medio del sistema EXONET autorizaciones previas.

 

Comentarios