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El presidente de la República
y el ministro de Agricultura y Ganadería firmaron decreto que reglamenta la
asignación de capacidad de pesca reconocida al país en la Comisión
Interamericana del Atún Tropical (CIAT).
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Instrumento es un mecanismo para garantizar
la materia prima de las plantas de proceso que operen en Costa Rica, bajo los
criterios de aprovechamiento, protección y conservación del recurso atunero.
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Decreto define y establece
los parámetros y condiciones con los objetivos de desarrollo sustentable, así
como los intereses nacionales de atención a estas pesquerías, mediante la
adecuada utilización y equilibrado aprovechamiento del recurso atunero.
El presidente de
la República, Carlos Alvarado Quesada, y el ministro de Agricultura y Ganadería
(MAG), Renato Alvarado Rivera, suscribieron el decreto Nº 43373-MAG, que
establece el reglamento para la asignación de la
capacidad de pesca reconocida al Estado de Costa Rica en la Comisión
Interamericana del Atún Tropical (CIAT), para su utilización por buques
atuneros de cerco.
La CIAT -de la cual Costa Rica es parte-
tiene como objetivo asegurar la conservación y el uso sostenible a largo plazo
de las poblaciones de atunes y especies afines capturados por embarcaciones en el
Océano Pacífico, mediante medidas de ordenamiento y conservación que deben
acatar todos los países signatarios de esta convención.
Actualmente, Costa Rica tiene reconocido
un límite de capacidad de pesca de atún de cerco de 9.364 metros cúbicos, lo
cual se traduce en el derecho de participar en la pesquería de atunes y añadir
buques al Registro Regional de Buques Cerqueros autorizados a pescar en el
Océano Pacífico Oriental.
Al no contar el país con una flota
nacional que pesque el atún con red de cerco, las embarcaciones que
históricamente se les ha asignado la capacidad reconocida a Costa Rica son de
bandera extranjera.
Las cuotas de acarreo reconocidas al país
por la CIAT son un derecho de alta demanda a nivel internacional. Si bien por
el momento Costa Rica no las puede capturar con medios propios, sí puede
disponer de ellas para demostrar su historial de pesca y en el proceso generar
ingresos al país a partir de su uso.
Este decreto define y
establece los parámetros y condiciones con los objetivos de desarrollo
sustentable, así como los intereses nacionales de atención a estas pesquerías,
mediante su adecuada utilización y equilibrado aprovechamiento.
Asimismo la propuesta de
normativa dispone expresamente que se debe ofrecer la totalidad de las capturas
a la industria nacional, siendo este un mecanismo para garantizar la
suficiencia de materia prima de las plantas de proceso que operen en Costa
Rica, bajo los parámetros de aprovechamiento y conservación del recurso atunero.
El ministro Alvarado Rivera explicó que
“desde el inicio de esta Administración se han realizado una serie de
modificaciones y derogatorias para dar espacio a la emisión de una nueva
regulación y, paralelamente, ir recogiendo la capacidad de acarreo que había
sido asignada mediante la normativa vigente desde 2012”, dijo.
“El tiempo transcurrido ha permitido al
Estado la recuperación total de la cuota que se tenía asignada. Con la nueva
normativa, se pondrá otra vez a disposición, bajo las nuevas condiciones”,
acotó el jerarca.
Protección y
debida administración de los recursos pesqueros. Daniel Carrasco, presidente ejecutivo
del INCOPESCA, reafirmó que “las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo buscan
la protección y debida administración de los recursos pesqueros y derechos que
le han sido asignados al Estado, para que su aprovechamiento sea justo”.
“De manera coordinada, tanto el MAG como
el INCOPESCA han trabajado en la construcción y actualización de la normativa
para que el Estado pueda asignar la capacidad bajo nuevas condiciones que
permitan obtener el valor justo y a su vez se continúe garantizando la
competitividad de la industria atunera nacional, potenciando el correcto
aprovechamiento del recurso atunero, en armonía con las regulaciones
determinadas por la CIAT y las políticas de manejo de pesca sustentable del
país, con el objetivo claro de garantizar el abastecimiento de materia prima de
las plantas de proceso que operen en Costa Rica, en el contexto de
aprovechamiento y conservación del recurso atunero”, subrayó Carrasco.
Nuestro país ha venido asignando la
capacidad de pesca reconocida por la CIAT a buques de pabellón extranjero sin
que las capturas habilitadas por esta capacidad hayan sido reconocidas al país
y por lo tanto no se visibilizan como derechos pesqueros de Costa Rica en los
históricos de captura, por lo que era necesario crear un Registro Nacional y
reportarlo a esta Comisión Interamericana.
El Reglamento respeta el principio de
legalidad y el debido proceso para realizar la asignación de la capacidad de
pesca asignada a Costa Rica por parte de la CIAT. Es un proceso abierto en el
cual podrán participar todos los interesados en igualdad de condiciones,
siempre que cumplan con los requerimientos legales y de cumplimiento, de
conformidad también con las resoluciones que para este particular ha emitido la
Comisión Interamericana del Atún Tropical.
Con estas acciones se mantiene una visión
de utilización sustentable del recurso atunero, en aras de dinamizar la
economía y promover mayores empleos en las zonas costeras del país de interés
para esta actividad.
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