§ Medida procura un ordenamiento de las capturas de una de las especies de interés turístico y deportivo, dado su valor para la pesca turística nacional e internacional, así como el aprovechamiento sostenible de la pesca”, comentó Heiner Méndez Barrientos, ministro de Pesca y Acuicultura.
La Junta Directiva del Instituto Costarricense de
Pesca y Acuicultura, INCOPESCA, mediante el acuerdo AJDIP/017-2023, estableció nuevas
regulaciones a la captura y comercialización del Pez Vela del Pacífico (Istiophorus platypterus).
A partir de esta nueva normativa, la pesca
incidental no podrá exceder el 10% (peso eviscerado), de la captura total de la
embarcación por cada viaje de pesca comercial no turística realizado. Además,
se prohíbe la exportación de Pez Vela, medida de ordenación pesquera que será
revisada anualmente. De esta forma, en
caso de producirse pesca incidental de esta especie, en la actividad de pesca
comercial no turística, sin que fuera posible la devolución al mar del ejemplar
aún vivo, solo se permitirá la comercialización del producto en estado fresco o
congelado para consumo humano exclusivamente en el mercado nacional.
Según Heiner Méndez Barrientos, ministro de Pesca y
Acuicultura y presidente ejecutivo del Instituto, la iniciativa consideró el
interés de los subsectores pesqueros en lograr el equilibrio entre las
actividades de pesca turística y comercial, a fin de disminuir los conflictos
que se generaban por el espacio donde se desarrollan las actividades pesqueras
de índole comercial, así como la pesca turística. “Desde el INCOPESCA procuramos un
ordenamiento de las capturas de una de las especies de interés turístico y
deportivo, dado su valor para la pesca turística nacional e internacional, así
como el aprovechamiento sostenible de la pesca”, comentó.
En aras de ampliar las regulaciones y los
requerimientos de localización, seguimiento y control que deben ser acatados
por la flota pesquera nacional y extranjera, para ejercer vigilancia sobre la
pesca ilegal, así como la seguridad de
las embarcaciones que realizan la pesca o que realizan actividades relacionadas
con la pesca, a partir de este 28 de febrero del 2023, todas las embarcaciones
deportivas y turísticas de mediana escala, nacionales y extranjeras, deberán contar con
dispositivos de seguimiento satelital, y deben transmitir la información a la
plataforma del INCOPESCA.
La pesca incidental es aquella en la cual los ejemplares son capturados
utilizando palangre, sin mediar el uso de carnada viva, siempre que no
correspondan a más del 10% de la captura total de la embarcación por cada viaje
de pesca comercial no turística realizado.
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