- Actuación de autoridades se fundamenta en defensa de pesca responsable, en la que se busca el equilibrio entre la conservación ambiental y la producción sostenible
- Denuncias de ambientalistas son inexactas; no se modificó normativa para “ceder ante intereses”
El Gobierno de la República no está modificando la ley para reducir controles ambientales o debilitar la protección de los recursos marinos, como denuncian algunas organizaciones ambientales en forma inexacta. Todo lo contrario: las acciones de la Administración Solís Rivera se han fundamentado en un ordenamiento de la protección marina y el respeto a la legalidad.
En esta Administración se realizaron acciones para ordenar la protección de los recursos marinos, como el Decreto Ejecutivo 38681 para ordenar la Zona Económica Especial, o las acciones para ordenar la pesca del atún, que reguló las licencias y permitirá evitar la pesca indiscriminada que se realizó por años sin la información oportuna.
La visión del Gobierno es la defensa de una pesca responsable, en la que se equilibran los principios de conservación ambiental con la producción sostenible y el respaldo para las comunidades costeras.
Estos principios también orientan la actuación en el tema de la Convención Internacional de Especies Amenazadas, CITES, en la que Costa Rica participa y mantiene sus principios.
El Decreto Ejecutivo No. 40379-MINAE-MAG, publicado el pasado 4 de mayo, solo se encarga de hacer cumplir la Ley 7317, Ley de Conservación de la Vida Silvestre, que en su artículo 1 establece expresamente que las especies de interés marino y pesquero son competencia de INCOPESCA.
“La presente ley no se aplicará a las especies de interés pesquero o acuícola, cuya regulación específica se establecen en la Ley N° 7384, de 16 de marzo de 1994, y la N°. 8436, de 1 de marzo de 2005, y cuya competencia como entidad ejecutora corresponde a Incopesca…” dice la Ley.
Entonces:
· Es falso que se cambió la ley. El Decreto lo que hace es definir la ruta para cumplir lo que dice la ley. Se mantiene la legislación vigente, pero se ordena la representación de Costa Rica ante la Convención CITES para respetar la ley y nombrar representantes acordes con la rectoría que corresponde legalmente y el conocimiento específico del tema que deben evaluar.
· Es falso que el Decreto eliminó la participación de los expertos científicos, las ONG, sociedad civil, academia y MINAE en la conservación de especies. INCOPESCA y MAG deberán definir la conformación de las autoridades. Es prematuro decir que se eliminó la participación de los expertos. De hecho, se va a poner a derecho y definir cuál será la participación de los expertos, los que conocen específicamente de los temas que se discuten; en este caso, las especies marinas.
· No hay sustento para decir que el Gobierno hace caso omiso de la regulación del tratado internacional de la Convención CITES, ya que este acuerdo establece que cada país debe definir una o más autoridades administrativas y científicas para autorizar o no la exportación de especies amenazadas. Eso hace la ley 7317, que no se está modificando.
· También es inexacto asegurar que INCOPESCA será juez y parte. Simplemente es la autoridad que la ley define como entidad ejecutora para los temas vinculados para especies de interés pesquero o acuícola, para recopilar la información relevante. Por lo tanto es la entidad capacitada para actuar como autoridad científica. Pero no le corresponde todo el proceso; la autoridad administrativa será el Ministerio de Agricultura.
· Es incorrecto alegar que INCOPESCA es una entidad cuestionada por el manejo irresponsable que hace de nuestros recursos pesqueros. Como se indicó previamente, está realizando procesos para ordenar la pesca de atún y de camarón, desarrollar en coordinación con el Ministerio de Ambiente los planes de aprovechamiento para otorgar los permisos de extracción de moluscos, todo esto con la participación de sectores y bajo la aplicación de criterios técnicos y científicos, y estableciendo un equilibrio. Eso permitirá la explotación racional de los recursos pesqueros, permitiendo la subsistencia de quienes viven de esta actividad, pero manteniendo una protección razonable, que permita el mantenimiento del ecosistema a largo plazo.
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